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“Recuerda que, además, ser Amigo de la Fundación tiene beneficios fiscales.”
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Sobre los primeros 150 euros de tu donativo, podrás deducirte en la cuota íntegra de tu IRPF el 80% de tu donativo, con un límite del 10% de la base liquidable. El exceso de esa cantidad tendrá una deducción del 35% y un 40% para donaciones plurianuales (donaciones iguales o superiores durante dos o más ejercicios.
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*Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos.
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